Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-025/04 corre traslado del Informe Anual del Gobierno Nacional que corresponde a la vigencia del año 2021, a la Procuradora General de la Nación, al Defensor del Pueblo, al Contralor General de la República, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Consejo Noruego para los Refugiados, para que presenten un análisis sobre el mismo y, si lo consideran pertinente, se pronuncien sobre el mismo.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. CORRER TRASLADO, mediante la Secretaría General de esta Corporación, a la Procuradora General de la Nación, al Defensor del Pueblo, al Contralor General de la República, a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Consejo Noruego para los Refugiados del Informe Anual del Gobierno Nacional que corresponde a la vigencia del año 2021.
- SEGUNDO. ORDENAR, mediante la Secretaría General de esta Corporación, a la Procuradora General de la Nación, al Defensor del Pueblo, al Contralor General de la República y a la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado presentar un análisis sobre el Informe Anual del Gobierno Nacional que corresponde a la vigencia del 2021. Lo anterior, dentro del término de dos (2) meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Estos documentos deberán allegarse a través del correo electrónico de la Secretaría General (salasrevisionA@corteconstitucional.gov.co), en los términos referidos previamente.
- TERCERO. INVITAR, a través de la Secretaría General de esta Corporación, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y al Consejo Noruego para los Refugiados para que, si lo consideran pertinente, se pronuncien acerca del Informe Anual del Gobierno Nacional que corresponde a la vigencia del 2021. Lo anterior, dentro del término de dos (2) meses contados a partir de la notificación de la presente decisión. Estos documentos podrán ser allegados a través del correo electrónico de la Secretaría General (salasrevisionA@corteconstitucional.gov.co).
- Comuníquese, notifíquese y cúmplase.
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada Presidente
- Sala Especial de Seguimiento Sentencia T-025 De 2004
- MARTHA VICTORIA SA´CHICA ME´NDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.